Ley 10.454 · Catastro de Córdoba
Verificación de estado parcelario (VEP) en Córdoba
El trámite que te pide el escribano antes de escriturar. Te explicamos qué es, si realmente te corresponde y qué hace falta para renovarlo.
Presupuesto sin cargo. Te pasamos precio y plazo por escrito antes de empezar.
¿Qué es la verificación de estado parcelario?
La verificación de estado parcelario, o VEP, es el trabajo con el que un agrimensor comprueba que un inmueble sigue igual a como figura en su plano visado: ubicación, límites y medidas. Si subsiste, Catastro renueva la vigencia del estado parcelario y se puede volver a pedir el certificado catastral para escriturar.
El estado parcelario es el conjunto de datos que Catastro tiene registrados de una parcela: dónde está, cuáles son sus límites, cuánto mide, su valuación fiscal, sus linderos y su nomenclatura. Se constituye con una mensura. Con los años el terreno cambia, y por eso la ley le puso fecha de vencimiento.
La VEP no es una mensura nueva. Parte del plano que ya está visado, se controla en el terreno y se carga en el sistema de Catastro, donde el trámite es íntegramente web. Cuando el agrimensor declara que el estado parcelario subsiste, queda renovado.
Fuente: Ley 10.454 de Catastro Territorial de Córdoba, artículos 16, 18 y 19.
¿Cuándo piden la VEP y cuánto dura el estado parcelario?
Te la piden cuando vas a vender, donar, hipotecar o escriturar por sucesión un inmueble cuyo estado parcelario venció. Para esos actos el escribano tiene que tener a la vista el certificado catastral con el estado parcelario vigente, y Catastro no lo expide mientras esté vencido.
| Tipo de parcela | Vigencia | Ejemplo |
|---|---|---|
| Urbana baldía | 5 años | Lote vacío en un barrio de Córdoba o en un loteo de las sierras. |
| Urbana edificada | 10 años | Casa, departamento o local. |
| Rural | 15 años | Campo o chacra, tenga o no construcciones. |
La ley también prevé la VEP en otros dos casos. Uno son las parcelas urbanas anteriores a la ley que nunca tuvieron plano registrado pero cuyo título describe las medidas del inmueble: ahí la verificación puede servir para determinar el estado parcelario, con los requisitos que fija Catastro. El otro son los planos de mensura para usucapión con más de cinco años de visados, que se actualizan por cinco años más con una verificación.
La ley dispuso que Catastro aplicara este régimen de forma gradual, por zonas, localidades o departamentos. Por eso a veces el escribano de una localidad la pide y el de otra no. Si no sabés si tu inmueble está alcanzado, lo revisamos con la cuenta.
Fuente: Ley 10.454 de Catastro Territorial de Córdoba, artículos 17, 18 y 31.
Fuente: Resolución Normativa 8/2017, Dirección General de Catastro, punto 35.5.
¿Cuándo subsiste el estado parcelario y cuándo hace falta un plano nuevo?
El estado parcelario subsiste si los límites, la ubicación y las medidas esenciales no cambiaron. Las diferencias técnicamente admisibles, los errores materiales corregibles, las construcciones nuevas y las ocupaciones con los linderos no impiden renovarlo: se informan. Si cambiaron los límites, corresponde una mensura nueva.
El artículo 19 de la Ley 10.454 enumera los casos en que se considera que el estado parcelario subsiste:
- Los elementos esenciales de la parcela no sufrieron modificaciones.
- Hay diferencias en las medidas, pero son técnicamente admisibles.
- Aparecen errores materiales o datos faltantes que se pueden corregir en la verificación.
- Cambió el estado de hecho del inmueble sin tocar los elementos esenciales, por ejemplo una construcción nueva. Se informa para que conste en Catastro.
- La verificación muestra una ocupación hacia un lindero o desde un lindero.
Fuera de esos casos la verificación no procede y el agrimensor tiene que informar por qué. Lo que sigue es un plano de mensura nuevo, que tiene más trabajo y otro plazo. Por eso conviene revisar el plano anterior y el terreno antes de prometer una fecha al escribano.
Fuente: Ley 10.454 de Catastro Territorial de Córdoba, artículo 19.
¿Cómo se tramita la VEP en Córdoba?
La VEP solo se puede hacer sobre planos que figuran visados y con fecha de visación.
-
Cuenta y plano
Identificamos la cuenta del inmueble, si es definitiva o PIR, y el plano visado que dio origen al estado parcelario.
-
Antecedentes
Estudiamos el plano, el título y los datos de Catastro para saber qué hay que controlar.
-
Trabajo de campo
Vamos al inmueble y verificamos vértices, medidas, construcciones y linderos.
-
Carga en Catastro
Declaramos la fecha del trabajo de campo y cargamos la verificación en el sistema web.
-
Estado renovado
Con la verificación registrada ya se puede pedir el certificado catastral para la escritura.
Qué documentación hace falta para la VEP
- La escritura o el título del inmueble.
- El número de cuenta del Impuesto Inmobiliario o la nomenclatura catastral. Si no los tenés, con la dirección los buscamos.
- Si la cuenta es PIR, los datos de los poseedores, porque todavía no hay inscripción de dominio.
- Acceso al inmueble para el trabajo de campo.
Fuente: Catastro Córdoba, VEP.
¿Cuánto cuesta la verificación de estado parcelario?
El costo de una VEP tiene tres partes: los honorarios del agrimensor, la tasa de Catastro y los aportes obligatorios al Colegio de Agrimensores y a la Caja de Previsión Ley 8470. Los honorarios dependen de si el plano visado está completo, del tipo de parcela y de lo que aparezca en el terreno. Te los pasamos por escrito, separados de las tasas.
Una casa con plano de hace doce años en un barrio de Córdoba lleva menos trabajo que un campo con alambrados corridos o un lote de loteo viejo en las sierras sin mojones. Por eso no publicamos un precio único. El detalle de qué mueve los honorarios está en cuánto cuesta un agrimensor.
Diferencia entre VEP y certificado catastral
La VEP renueva el estado parcelario. El certificado catastral es el documento que después acredita ese estado parcelario y las afectaciones del inmueble, y es el que el escribano relaciona en la escritura. Se pide una vez hecha la verificación, Catastro lo emite en un plazo máximo de cinco días hábiles y vale 180 días corridos.
Fuente: Ley 10.454 de Catastro Territorial de Córdoba, artículos 30 y 31.
Te pasamos el presupuesto por escrito
Mandanos la ubicación del inmueble, qué trámite te pidieron y, si la tenés, una foto de la escritura o del plano anterior. Te respondemos con honorarios, tasas y plazo separados, para que sepas qué es de cada cosa.
Pedir presupuesto por WhatsApp- Qué incluye el trabajo
- Estudio de títulos y antecedentes catastrales
- Trabajo de campo con GNSS o estación total
- Plano o informe firmado por el profesional
- Presentación y seguimiento ante Catastro
- Entrega digital y en papel
¿Te pidieron la VEP con fecha de escritura?
Mandanos la ubicación del inmueble, una foto de la escritura y la fecha de firma. Te decimos si corresponde VEP o plano nuevo, y te pasamos precio y plazo por escrito.
Presupuesto sin cargo · Precio y plazo por escrito
Preguntas frecuentes sobre la VEP y el estado parcelario
¿Cuánto dura el estado parcelario en Córdoba?
Cinco años en parcelas urbanas baldías, diez en urbanas edificadas y quince en rurales, estén edificadas o no. El plazo corre desde la visación del plano o desde la última verificación de subsistencia. Así lo fija el artículo 18 de la Ley 10.454.
¿VEP significa valor estimado de la producción?
No en este trámite. En Catastro de Córdoba, VEP es la verificación de estado parcelario: la tarea del agrimensor que comprueba que el inmueble sigue como figura en su plano. No es un impuesto ni una valuación, aunque la sigla se use para otras cosas en otros organismos.
¿Puede hacer la VEP un arquitecto o un maestro mayor de obras?
No. La verificación de subsistencia del estado parcelario es un acto de levantamiento parcelario y la firma un profesional con incumbencia para mensuras. En la Provincia de Córdoba son los agrimensores matriculados en el Colegio de Agrimensores.
¿Qué pasa si el terreno no coincide con el plano?
Si las diferencias son técnicamente admisibles, hay errores materiales corregibles o una ocupación de o hacia los linderos, la verificación igual renueva el estado parcelario y lo deja informado. Si cambiaron los límites o las medidas esenciales, no subsiste: hace falta un plano de mensura nuevo.
¿Qué es una cuenta PIR?
Una cuenta PIR es una cuenta catastral pendiente de inscripción registral, con número provisorio. En esos casos la verificación no carga datos de títulos, porque todavía no hay inscripción, sino los datos de los poseedores. Las cuentas definitivas usan su número de cuenta real.
¿Cuánto dura el certificado catastral una vez expedido?
Ciento ochenta días corridos desde su expedición. Catastro tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para emitirlo. Conviene pedirlo cerca de la fecha de la escritura para que no venza en el medio.
Trámites relacionados
- Plano de mensura
Cuando el inmueble nunca tuvo plano o cambiaron sus límites.
- Cuánto cuesta
Honorarios, tasas y aportes, separados.
- Plano de usucapión
Los planos de posesión con más de cinco años también se actualizan con una VEP.